CREA: Colección de Recursos Educativos Abiertos

 

LA IMPRUDENCIA EN LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL DE 2015. ESPECIAL REFERENCIA A LOS DELITOS DE HOMICIDO Y LESIONES

Fecha

2016-10

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Editor

Jaén: Universidad de Jaén

Resumen

[ES]Se pretende con la siguiente ponencia lograr una interpretación razonable de los novedosos cambios que, respecto a la imprudencia, el legislador ha incorporado en el Código Penal tras la Reforma de 2015 y, especialmente, de la nueva forma de incriminación de la imprudencia menos grave. Se conduce así el presente estudio hacia el alcance de una configuración de la nueva categorización de la imprudencia grave y menos grave, pretendiendo alcanzar un sistema práctico para enfrentarnos a las valoraciones que tendremos que realizar a la hora de inclinarnos por la calificación de un hecho imprudente como grave o menos grave. Por un lado, se lleva a cabo un análisis de la antigua configuración de la imprudencia grave y leve, con el objetivo de encontrar en la tradición doctrinal y jurisprudencial argumentos que sirvan de base para poder realizar una interpretación razonable de la nueva forma de incriminación de la imprudencia penal, teniendo en cuenta la entidad de los deberes de cuidado infringidos, la previsibilidad y evitabilidad del resultado, así como la entidad del riesgo generado, sin perder de vista que la configuración de la misma presenta unas singularidades que impiden la existencia de unos elementos generales comunes. Por otro lado, se propone una interpretación aproximada de la imprudencia menos grave, así como el tratamiento sancionador que en la valoración jurídica emplea la jurisprudencia para su determinación, utilizando diferentes pronunciamientos jurisprudenciales, siempre basados en criterios de menor entidad del deber de cuidado infringido y de previsibilidad del riesgo, así como en situaciones de concurrencia de culpa de la víctima como factor causal. Finalmente, se hace referencia a la reconducción de la imprudencia leve a la jurisdicción civil o administrativa como consecuencia de la supresión del Libro III del Código Penal.
[EN]The aim of the next presentation is to achieve a reasonable interpretation of the new changes that, related to negligence, the legislator has included in the Criminal Code after the Reform of 2015 and, especially, the new form of criminality of the least serious negligence. The present study leads towards achieving a configuration of the new categorization of serious and less serious negligence, which tries to achieve a practical system to face the ratings that we will have to do when we classify a recklessfact as serious or less serious. On the one hand, an analysis of the ancient architecture of severe and slight negligence will be carried out in order to find the traditional doctrine and jurisprudential arguments as a basis to make a reasonable interpretation of the new form of incriminating criminal negligence. On the other hand, an approximate interpretation of the least serious negligence is proposed, as well as the sanctioning treatment that is used in the legal assessment by the law for its determination, using different jurisprudential pronouncements, which are always based on criteria of minor duty of broken care and foreseeability of risk, as well as in situations of concurrent guilt of the victim as a causal factor. Finally, we will refer to the renewal of minor civil or administrative jurisdiction as a result of the suppression of Book III of the Criminal Code.

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