LA EXPROPIACIÓN FORZOSA: EL CARÁCTER ANTIECONÓMICOY EL DEMÉRITO POR DIVISIÓN EN LA EXPROPIACIÓN PARCIAL
Fecha
2023-04-18
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Editor
Jaén: Universidad de Jaén
Resumen
La expropiación forzosa es la potestad de la Administración para adquirir bienes o derechos privados, suponiendo la pérdida para el sujeto expropiado de su propiedad o derecho legítimo en favor del interés público. El art. 33 de la CE establece el régimen jurídico de la expropiación sobre la base de la declaración de utilidad pública y del interés social.
La expropiación parcial da lugar a la indemnización del valor de la parte expropiada y a los perjuicios generados al resto de finca que se mantiene en dominio del expropiado. El demerito por división, situación en la que la porción de finca que conserva el expropiado es menos rentable que la finca original en su conjunto, pero su explotación sigue resultando beneficiosa. El carácter antieconómico, supuesto en que la expropiación dota a la parte no expropiada de una condición que hace que el perjuicio patrimonial sea de tal calado que la conservación de la porción no expropiada resulte manifiestamente gravosa.