CREA: Colección de Recursos Educativos Abiertos

 

EL ART. 197 CP A LA LUZ DE LAS REFORMAS OPERADAS EN 2015. ESPECIAL CONSEDERACIÓN AL DELITO DE SEXTING

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Fecha

2018-07-12

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Editor

Jaén: Universidad de Jaén

Resumen

[ES] En 2015 el legislador español modificó la ley penal. Los delitos contra la intimidad no han sido una excepción, con el fin de solucionar la falta de tipicidad de algunas conductas consecuencia de la generalización de las tecnologías de la información. El artículo 197 que contempla como delito el apoderamiento de cartas, papeles, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos de naturaleza personal, así como la interceptación de cualquier tipo de comunicación ha sido modificado. En la actualidad, se ha ofrecido respuesta penal para aquellos casos en que las imágenes o grabaciones de otra persona se obtienen con su anuencia, pero que luego son divulgados sin su consentimiento.
[EN] In 2015, spanish legislator modified the penal law. The crimes against the privacy have not been an exception, in order to solve the lack of typicality of some behaviors consequence of the generalisation of information technologies. The article 197 contemplates a crime of the seizure of letters, papers, emails or any other personal documents of the victim and, the interception of any communication of the victim. This article has been modified. Currently, the legislator has offered a penal solution for those cases in which the images or recording of another person are obtained with their consent, but are then disclosed against their will.

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