Suspensión del secreto de comunicaciones en delitos de terrorismo
Fecha
2023-04-13
Autores
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Jaén: Universidad de Jaén
Resumen
En este trabajo se va a realizar un análisis sobre la suspensión individual que se recoge en el artículo 55.2 CE, indagando sobre todo en la suspensión del secreto de comunicaciones que se recoge en el artículo 18.3 CE. Nos centraremos en este caso en las situaciones de suspensión por motivos de terrorismo, profundizando en él como concepto jurídico, así como en su evolución e influencia histórica, sobre todo en España, a raíz de la aparición de la banda terrorista ETA y la regulación existente en la actualidad. Entraremos en el fondo de la suspensión individual, donde la conoceremos en primer lugar como concepto y sucesivamente veremos sus orígenes y su evolución en nuestro Ordenamiento Jurídico, hasta convertirse en una de las formas de suspensión de Derechos Fundamentales, observando más detenidamente cuáles son los requisitos para poder aplicar con toda serie de garantías este artículo 55.2 CE.