FERNÁNDEZ DE MOYA ROMERO, JOSÉ ENRIQUEMARTÍNEZ ÁVILA, BEATRIZ MARÍAUniversidad de Jaén. Derecho Civil, Derecho Financiero y Tributario2023-03-012023-03-012023-03-01https://hdl.handle.net/10953.1/19517En primer lugar hablar sobre el principio de legalidad y sus elementos esenciales, junto con la reserva de Ley según lo establecido en la Ley General Tributaria. En segundo lugar sobre las Categorías Tributarias. Justamente después podemos hacer mención a los precios públicos regulados en el artículo 31.1 de la Constitución Española, los cuales los diferenciamos de manera clara y sencilla de las tasas. Una breve definición de poder financiero, el cual establece, que es la potestad para poder regular el ingreso y el gasto público y el poder financiero solo tiene asignada la facultad de otorgar los tributos, hacemos referencia tanto a las Comunidades Autónomas, al Estado y por último a las Entidades Locales. En último lugar, hacer referencia a las Prestaciones Patrimoniales no tributarias que se encuentran contempladas en a Ley de Contratos del Sector Público 9/2017 del 8 de Noviembre.spainfo:eu-repo/semantics/restrictedAccess5605Derecho y legislación nacionalesAspectos Normativos de las Categorías Tributariasinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis